viernes, 4 de noviembre de 2011

♥ SALARIO MINIMO ♥


es la remuneración establecida legalmente, para cada periodo laboral (horadía o mes), que los empleadores deben pagar a sus trabajadores por sus labores.
El salario es la remuneración de los servicios prestados por el trabajador en una relación de trabajo dependiente.
Según la forma de pago, el salario puede presentar dos modalidades:
  • En dinero.
  • En especie.
El salario en dinero puede pagarse en la forma tradicional o en la modalidad de salario integral.
En la forma tradicional, el salario esta integrado por dos tipos de retribución: la ordinaria, que puede ser fija o variable, y la extraordinaria.
La remuneración ordinaria, esta compuesta por lo que común o regularmente paga el empleador al trabajador en los periodos de pago convenidos.
La remuneración extraordinaria, esta conformada por las sumas que el trabajador no recibe ordinariamente, sino en determinados eventos y por concepto de horas extras, primas, etc.
El salario ordinario puede ser fijo o variable, según se pacte por unidad de tiempo, días, semanas, meses ( salario fijo) o se determine de acuerdo al resultado de la actividad desplegada por el trabajador, en donde admite varias modalidades de retribución: por tarea, por unidad de obra, a destajo o por comisión.
Dada la naturaleza RETRIBUTIVA y VALORATIVA del salario, este debe actualizarse permanentemente con el fin de conservar el equilibrio económico entre empleadores y trabajadores que es uno de los fines primordiales del derecho del trabajo.

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